Por J. Manuel Arango C.
Ag. 11/26.-si bien no es una condena penal propiamente dicha, si es una sanción por desacato que probablemente debido a su alevosía de no resolver lo ordenado por los estrados judiciales como la tutela y el incidente por desacato accionado por J. Manuel Arango C. con la asesoría pertinente del Dr. Iván M. Arango P. quien formuló y redactó la tutela y el Incidente por desacato contra la Nueva EPS ante el grave estado de salud del primero; podrían estar siendo conducidos por la Policía Metropolitana de Bogotá y Medellín y la SIJIN de Bogotá a comer chancharos varios días tanto el señor Jorge Iván Ospina, agente interventor y Francy Luced Chávez Bustos en calidad de Gerente Regional de Salud de la Nueva EPS
Así nos lo hizo saber el Señor Juez 36 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Doctor David Alejandro Sánchez Barreiro, Bogotá, D.C. fallando el incidente por Desacato y ratificando el fallo de la tutela proferido desde el dia 21 de junio del año 2025 por la Señora Juez 36 Municipal Pequeñas Causas de Competencia Múltiple Bogotá, D.C. Dra, Ana María Sosa -por ese entonces- quien a su tenor en la parte resolutiva precisó:
“Conceder el amparo invocado por J. Manuel Arango C. conforme lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia. Segundo: Ordenar a Nueva E.P.S. a través de su representante legal, en el término perentorio de cuarenta y ocho horas (48) horas, siguientes a la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, resolver de forma clara, concreta y de fondo, la petición presentada por el actor el 13 de junio de 2025, lo ponga en conocimiento del petente y lo acredite a este despacho”
El origen…
Ante el avanzado deterioro de la salud de J. Manuel, incluso estando varias veces en las UCI’s, como cuando una editorial nuestra afirmó: “Se extingue la vida de J, Manuel, por culpa n-EPS y criminales varios” y darlo de alta porque su salud “es perfectamente bien”, cuando varias veces perdiendo el conocimiento por donde va o en casa misma siendo auxiliado por transeúntes que pasarían; pérdida de la memoria y hacer recorridos no propuestos; perdida de la visión, el posible taponamiento coronario, hipertensión pulmonar, cataratas en ambas vistas y las graves que no menciono acá que se “encontraron” en un lugar del planetoide dentro de la historia del J. Manuel ante la Nueva EPS, aunque esta siempre dijera que el paciente está muy bien de salud confirmándose que siempre padeció de varias enfermedades que la EPS no quiso tratar y las negó; es que el Dr. Iván Manuel autor de la Tutela fallada a nuestro favor pero incumplida por la Nueva EPS y del incidente por desacato también ganado; además de haber sido algo asi como un año no entregando los medicamentos formulados por sus mismos médicos formula, -ahh, pero si esta bien, porque le formulan?- redacta el incidente por desacato que el día de hoy nos notifican de favorecernos con su fallo.
Colegas y conocidos recomendaron no tutelar mis derechos, porque de presidente de la república, ministro de salud, súper salud, interventor y gerencia de la Nueva EPS eran afines a mis principios ideológicos. Que craso error, pensar así. Los derechos se conquistan, se exigen, no se mendigan; y si “sus propios camaradas” lo apuñalan, con mayor veras defenderse; y acusar y hacer condenar siempre a quien sea que la embarre; porque no puede haber malos “buenos” y malos “malos” el criminal es criminal siempre sin importar su credo, partidos, religión, opción sexual, color de piel idioma etc…y tiene que pagar.
De la sanción…. “chirrean” los candados papáaaa….
Los sancionados fueron conminados a pagar una multa de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, en favor de la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, que deberán ser consignados dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la presente providencia, en la cuenta de ahorros (…) pero eso para ellos será como “quitarles un pelo a un gato. Pero lo que si no es, es que por petulantes tengan que ir a intramural un rato, porque ya con ese “san Benito” quedaran, porque el fallo al respecto dice:
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“PRIMERO: SANCIONAR a Jorge Iván Ospina Gómez en calidad de Agente Interventor de Nueva EPS y Francy Luced Chavez Bustos en calidad de Gerente Regional de Salud de Nueva EPS, con arresto por dos (2) días (..)”
y mas adelante del presente artículo precisa por si estos “jedionchos” no comprenden:
“Ofíciese al Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, D.C. y Medellín, para lo pertinente, así como la SIJIN de BOGOTÁ D.C., a efectos de que procedan a materializar lo ordenado”.
Luchando se aprende y se gana….
El juzgado concluyó que la orden de tutela no fue cumplida y, por eso, sancionó a los responsables con 2 días de arresto y 5 salarios mínimos de multa. De la misma manera el Señor Juez dejó escrito que encontró probado el incumplimiento y que no se acreditó una circunstancia excepcional que justificara no cumplir la tutela, ordenándoles a los soberbios personajes que se dé cumplimiento inmediato a la tutela original.
Ocurriría….
Cuando afirmo que “podrían”, es porque el mismo fallo les da por enésima vez, otra oportunidad según eso, basado en el Decreto 2591 de 1991 – art. 52, inciso segundo; remitir trámite incidental -negrilla nuestra- a la Oficina Judicial de Reparto, a fin de surtir el grado de consulta ante el Juez Civil del Circuito de Bogotá D.C. -que a último momento nos enteramos correspondió al Juzgado 804- quien se encargará de revisar si fue legal y correctamente impuesta la sanción por desacato: si realmente hubo incumplimiento, quién tenía la obligación de cumplir y si existió responsabilidad subjetiva de los sancionados.
El juez declaró el desacato y sancionara a los responsables. Ahora el superior debe revisar esa sanción y si la confirma, los 2 días de arresto y la multa quedan en firme para su ejecución.
Acaben por favor ya, con las EPS’s
Ojalá este con vida, cuando este caso porque me den una atención médica integral sea resuelto a mi favor, porque no siempre hay dinero para pagar médicos, laboratorios o ambulancias particulares; como tampoco la fuerza física para el desplazamiento o la vista para saber por donde voy, sumándose la perdida de memoria ocasional que hace que me embolate o salga para algún destino que después no entiendo porque fui a el.
De ahí, que es urgente acabar con estos agentes intermediarios en la salud, como son las EPS’s que sus propietarios posiblemente se guardan los dineros, no pagan en la mayoría de los casos a las IPS’s que nos atienden en la salud; no autorizan todo lo que ordena el médico, las agendas para especialistas, es una lotería encontrarla para que lo agenden y jamás atienden al paciente con la intención de curarle su enfermedad, sino le mantienen con paliativos mientras a sabiendas que empeora cada dia mas su salud.
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